Uno de los medios tradicionales a través de los cuales se difunde
la información académica son las publicaciones periódicas,
las cuales cumplen, entre otros cometidos, dos funciones: informar
con actualidad y hacerlo desde una especialidad. En efecto, las revistas
llevan por objeto dar cuenta en lo inmediato del debate intelectual
que se está dando, se dará o recién acaba de
acontecer en nuestra sociedad. Este debate puede abordarse desde la
óptica de una parcela del conocimiento, en este caso la jurídica,
y desde allí, de un ámbito más concreto.
Las circunstancias
que rodean el nacimiento de la presente publicación periódica
son especiales. Por una parte, el derecho constitucional al cual hará
referencia no había sido, extrañamente, contenido de una
revista, pues hasta ahora las existentes habían dado cuenta de
disciplinas jurídicas ajenas a la constitucional o bien lo habían
hecho desde un sector del derecho, el público, donde se ubica el
área que nos ocupa.
Por
otra parte, debe tenerse presente que la institución que apoya
la creación de esta nueva revista, el Instituto de Investigaciones
Jurídicas de la UNAM, cuenta con una importante tradición
en actividades editoriales. En ella se han creado, y se mantienen, publicaciones
periódicas como el Boletín Mexicano de Derecho Comparado,
el Anuario Jurídico, la Revista de Derecho Privado y el Anuario
Mexicano de Historia del Derecho. Además, es una Institución
en donde el derecho público, y especialmente el derecho constitucional,
ha sido una de las áreas de investigación más cultivadas.
Podemos decir que se trata de un Instituto con una trayectoria publicista
sobresaliente que ha constituido el lugar obligado de referencia para
diversas universidades en el extranjero. Por ello, que sea en él
donde surge una revista con estas características, corresponsal
de las que ya existen en otros países, no deja de ser una situación
natural que sólo el paso del tiempo retrasó. El título
que hemos dado a esta nueva publicación, Cuestiones Constitucionales,
es una clara evocación a una de las magníficas obras del
jurista Ignacio Luis Vallarta en la que dio a conocer sus Votos de las
decisiones principales en que participó durante el tiempo que
estuvo como Ministro de la Suprema Corte de Justicia, llegando incluso
a presidirla. Además, hemos querido que la revista tenga una
representatividad nacional, por lo que en su Consejo Editorial participan
constitucionalistas de diversas partes del país y, lo que es
más importante, está dirigida a todos los cultivadores
del derecho constitucional. Por ello decidimos que llevara como subtítulo
el de Revista Mexicana de Derecho Constitucional.
El
contenido que pretendemos abordar en Cuestiones Constitucionalestiene
que ver con la clara intención de reflejar el cambio tan vertiginoso
que estamos presenciando en nuestras instituciones jurídicas
públicas, al mismo tiempo que impulsar lo que ya se considera
un nuevo derecho constitucional mexicano. Cuestiones Constitucionales tendrá cuatro secciones. Una de ellas, la primera, estará
dedicada a publicar Artículos doctrinales. Aquí pretendemos
que aparezcan estudios originales producto de investigaciones serias
y profundas. Es, por decirlo de alguna manera, la parte central de esta
nueva revista. También pretendemos publicar en esta sección
investigaciones de juristas extranjeros con una amplia experiencia en
el tema sobre el que se escribe.
Otra
sección, la segunda, estará dedicada a publicar Comentarios
jurisprudenciales que se realicen respecto de resoluciones de ciertos
tribunales integrantes del Poder Judicial Federal, esto es, la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral y los Tribunales
Colegiados de Circuito. También serán motivo de comentario
decisiones relevantes de otros tribunales relacionadas con el contenido
de Cuestiones Constitucionales, así, estamos pensando en alguna
Corte Suprema, como la de Estados Unidos, o en el Tribunal Constitucional
de España, por indicar algunos ejemplos, o la Corte Interamericana
de Derechos Humanos, a la que recientemente, en diciembre de 1998, México
ha reconocido su competencia contenciosa. Consideramos que con ello
se estará cumpliendo una de las funciones principales de toda
publicación, la de contrastar la investigación con la
realidad cotidiana para enriquecer ambas visiones del derecho. También
los artículos que aparezcan en la sección anterior analizarán,
en la medida de lo posible, los criterios jurisprudenciales.
Una
tercera sección está formada por Comentarios legislativos
que se harán a documentos constitucionales y legales. Aquí
se dará cuenta de los proyectos o iniciativas, así como
de los textos ya publicados y vigentes. Resultará de particular
interés dar a conocer las disposiciones jurídicas que
nos regirán, junto con algún comentario que aporte un
punto de vista no conocido o profundice el ya existente, contrastando
nuevamente, la teoría y la práctica.
La
cuarta y última sección constituye, respecto al contenido
general de la revista, una parte mínima y estará dedicada
a las Reseñas bibliográficas e información general.
En ella se hará una exposición del contenido de los libros
recientes más importantes, nacionales y extranjeros, relacionados
con el derecho constitucional. Consideramos como obligatorio para esta
revista dar a conocer los libros que están orientando el nuevo
derecho constitucional mexicano, así como todos aquellos que
tienen que ver con el derecho constitucional en general. Por otra parte,
eventualmente incluiremos información relativa a actividades
que tengan que ver con el contenido de la revista, esto es, cursos,
seminarios y congresos, tanto nacionales como extranjeros.
En
cuanto al aspecto formal, debemos indicar dos aspectos. Uno de ellos
consiste en la presentación de los artículos. Para esto,
hemos elaborado las Normas para la presentación de colaboraciones
en las que indicamos las características que deberán cubrir
los trabajos a publicar, las cuáles hemos tomado de las que el
Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM exige, junto
con las reconocidas a nivel internacional. Estos artículos irán
precedidos de un resumen tanto en español como en inglés
(conocido también como abstract). El segundo consiste en que
podrá ser una publicación periódica monotemática
cuando las características del tema así lo exijan.
La
periodicidad de Cuestiones Constitucionalesserá de seis meses.
Con ello, pretendemos empezar mesuradamente una actividad que sabemos
no es fácil, cuya permanencia dependerá de la atención
que le dispensen nuestros lectores.
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